Comprender los requisitos de registro de delincuentes sexuales de California
En California, determinados delitos sexuales conllevan la obligación de registrarse como delincuente sexual en virtud del artículo 290 del Código Penal. El requisito se conoce comúnmente como “registro de delincuentes sexuales”, “registro 290” y “registro de la Ley Megan”. A grandes rasgos, estos términos se refieren a la obligación de registrarse como delincuente sexual tras haber sido condenado por un delito relacionado con el sexo. Tanto los delitos graves como los delitos menores de carácter sexual pueden requerir que una persona se registre, dependiendo de la sección específica del código