Comprender los requisitos de registro de delincuentes sexuales de California
En California, determinados delitos sexuales conllevan la obligación de registrarse como delincuente sexual en virtud del artículo 290 del Código Penal. El requisito se conoce comúnmente como “registro de delincuentes sexuales”, “registro 290” y “registro de la Ley Megan”. A grandes rasgos, estos términos se refieren a la obligación de registrarse como delincuente sexual tras haber sido condenado por un delito relacionado con el sexo. Tanto los delitos graves como los delitos menores de carácter sexual pueden requerir que una persona se registre, dependiendo de la sección específica del código y de los hechos del caso. Los delitos comunes que requieren el registro de delincuentes sexuales incluyen violación, actos lascivos con un menor (abuso sexual de menores), posesión de pornografía infantil y exhibicionismo.
El sistema de registro de tres niveles
En California, los delitos sexuales solían conllevar el registro de por vida como delincuente sexual. Sin embargo, la ley ha cambiado, introduciendo un sistema más exigente con tres niveles de registro, denominados “niveles”.
- Nivel 1: Incluye delitos menos graves, normalmente faltas, y exige el registro durante 10 años.
- Nivel 2: Requiere registro durante 20 años.
- Nivel 3: Incluye los delitos más graves, como la violación forzada, y exige el registro de por vida.
En algunos casos, los solicitantes de registro de los niveles uno y dos pueden ver ampliados sus periodos de registro, como cuando son condenados por no registrarse.
Cómo solicitar la exclusión del Registro
Es importante señalar que los solicitantes de registro no quedan automáticamente exentos de la obligación de registrarse tras cumplir sus 10 o 20 años de registro. Debe presentarse una petición en el condado de la condena, y un juez determinará si la persona puede ser eliminada del registro. En algunos casos, el fiscal puede impugnar la petición, lo que da lugar a una vista. Si el juez falla en contra del solicitante, puede exigírsele que se registre hasta cinco años más antes de que se le permita solicitar de nuevo.
Excepciones para los solicitantes de registro de nivel 3
Por lo general, los inscritos en el nivel 3 no pueden ser eliminados del registro. Sin embargo, hay excepciones a esta regla, así como opciones de reparación tras la condena. Incluso si usted es un registrante de nivel 3, consultar a un abogado defensor con experiencia en delitos sexuales todavía puede ser beneficioso para explorar el alivio potencial.
Repercusiones del registro de delincuentes sexuales
La obligación de registrarse como delincuente sexual suele considerarse accesoria a otros aspectos de una condena, como la pena de cárcel o la libertad condicional. Sin embargo, las consecuencias del registro pueden ser graves. Los solicitantes de asilo deben actualizar su información anualmente, lo que puede afectar en gran medida a sus planes de viaje y traslado.
Uno de los mayores retos para los inscritos son las restricciones para estar cerca de las escuelas. Esto puede afectar a la capacidad de los padres para participar en las actividades escolares. En muchos casos, las personas registradas también figuran en la Lista de Megan, un sitio web público que rastrea la ubicación de los delincuentes sexuales registrados.
Cómo puede ayudar un abogado penalista
Si bien existe una flexibilidad limitada en el estatuto relativo al registro de delincuentes sexuales, un abogado de defensa criminal con experiencia puede ayudar a mitigar algunas de las preocupaciones relacionadas con el registro. Pueden ayudar con las peticiones de expulsión o explorar opciones de alivio posteriores a la condena cuando proceda.
FAQ- 290 Ley de registro de delincuentes sexuales
El requisito se conoce comúnmente como “registro de delincuentes sexuales”, “registro 290” y “registro de la Ley de Megan”. A grandes rasgos, todos estos términos se refieren a la obligación de registrarse como delincuente sexual tras haber sido condenado por un delito sexual. Tanto los delitos graves como los delitos menores sexuales pueden requerir que una persona se registre como delincuente sexual dependiendo de la sección del código y de los hechos específicos del caso.
Entre los delitos sexuales más comunes que requieren el registro del delincuente sexual se incluyen la violación, los actos lascivos con un menor (abuso sexual de menores), la posesión de pornografía infantil y la exhibición indecente.
En California, los delitos sexuales solían conllevar el registro de por vida como delincuente sexual. La ley ha cambiado para ser más exigente con tres niveles de registro de delincuentes sexuales, denominados “niveles”. El primer nivel incluye los delitos sexuales menos graves, normalmente delitos menores. Los delitos de primer nivel exigen que la persona registrada se registre como delincuente sexual durante 10 años. Los inscritos en el nivel 2 deben registrarse durante 20 años. Los inscritos en el nivel tres deben registrarse de por vida. Los delitos de nivel tres son los más graves e incluyen la violación forzada, la concertación y el encuentro con un menor con fines lascivos y el delito de posesión de pornografía infantil. En determinadas circunstancias, los periodos de registro de los solicitantes de las listas uno y dos pueden ampliarse. Por ejemplo, si un solicitante de registro es condenado por no registrarse durante uno o más años, el periodo de registro puede ampliarse.
Es importante recordar que un solicitante de registro no queda automáticamente exento de la obligación de registrarse tras cumplir sus 10 o 20 años de registro. Hay una petición que debe presentarse en el condado de la condena y un juez decidirá si se permite su eliminación del registro. En algunos casos, el fiscal impugnará la solicitud de expulsión y podrá celebrarse una vista. Si el juez da la razón al fiscal, el solicitante de asilo puede estar obligado a registrarse hasta 5 años más antes de que pueda volver a solicitar al tribunal su expulsión. Normalmente, los inscritos en el nivel tres no pueden solicitar la baja del registro; sin embargo, existen algunas excepciones a esta regla general. Además, existen algunas opciones de reparación posteriores a la condena específicas para los inscritos en la lista tres. Si usted es un registrado de nivel tres, todavía puede beneficiarle contactar a un abogado defensor con experiencia en delitos sexuales para determinar si usted es elegible para el alivio.
La obligación de registrarse como delincuente sexual suele tratarse como algo accesorio a otros aspectos de una condena, como la pena de cárcel y la libertad condicional. Sin embargo, las consecuencias de tener que registrarse como delincuente sexual pueden ser bastante graves. El registro de delincuentes sexuales exige un registro anual, como mínimo, y puede afectar en gran medida a los planes de viaje y traslado. Uno de los mayores retos para muchos inscritos es no poder entrar en el recinto escolar sin permiso del administrador del centro. Esto puede afectar en gran medida a la capacidad de los padres para estar presentes al dejar a sus hijos, en el aula y en las excursiones escolares. Para muchos delitos, también requiere que la persona registrada esté en el “sitio web” o “Lista de Megan”. El “sitio web” o la “Lista de Megan” son términos que suelen referirse al sitio web que rastrea la ubicación de los delincuentes sexuales registrados. Para muchos delitos sexuales graves, y algunos delitos sexuales menores, la ley exigirá que el delito y la ubicación de la persona registrada estén a disposición del público.